Cómo obtener la licencia de tu Perro Potencialmente Peligroso (PPP) y no morir en el intento




Cómo obtener  la licencia de tu Perro Potencialmente Peligroso (PPP) y no morir en el intento; En ADAL  estamos convencidos que los perros serán lo que le enseñemos, y en muchos casos un fiel reflejo de su dueño/a...; pero por ahora todo aquél que tenga un  perro calificado como PPP necesita tener una licencia; cuyos requisitos vienen recogidos en el Decreto 42/2008, de 20 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para todos a los que el papeleo se le haga un mundo, os ponemos aquí todos los pasos para obtener vuestra licencia en la localidad Lebrija y evitar mareos innecesarios: 

  • 1. Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.
Puedes pedirlo en el ayuntamiento. Si sois socios, os lo facilitamos relleno.
  • 2. Documento de identificación del solicitante. (DNI)
  • 3. Documento acreditativo de la representación, si la hubiera.
Si no puedes tramitarla tú y mandas a alguien que lo haga por ti.
  • 4. Escrito de autorización para la petición al Registro Central de Penados y Rebeldes de información de antecedentes según modelo.
Puedes pedirlo en el ayuntamiento. Si sois socios, os lo facilitamos relleno.
  • 5. Certificado de aptitud psicológica y física, en el que se especifique que el propietario está capacitado física y psicológicamente para la tenencia de dicho animal, de forma que este hecho no suponga riesgo alguno, expedido por personal facultativo de centros autorizados de reconocimiento de conductores de vehículos de acuerdo con la normativa que los regula.
Esto has de ir a cualquier centro medico que los haga, igual que se hace el reconocimiento para el carnet de conducir y te dan un certificado, también los hay específicos para la tenencia de PPP. Y por supuesto previo pago.
  • 6. Declaración jurada según modelo.
Puedes pedirlo en el ayuntamiento. Si sois socios, os lo facilitamos relleno.
  • 7. Fotocopia compulsada del justificante bancario de pago de la tasa municipal
En el Ayuntamiento también os dirán dónde ingresar la tasa para la licencia, que ahora mismo asciende a 77,50€. Si es renovación o transmisión de una persona a otra son 61€. Y lo de compulsada podeis solucionarlo yendo al banco a que os lo selle para dar fe que es real el ingreso.


Una vez dados estos pasos tendréis la licencia presentada y os darán una copia sellada de la solicitud que tendréis que llevar al veterinario para que os pueda poner el microchip.
Ya con el microchip puesto, tenéis que sacar a vuestro perro un seguro de responsabilidad civil para que os cubra en caso de que el perro muerda a alguien o a otro perro. Desde ADAL os aconsejamos que preguntéis a vuestro seguro de hogar por si os lo pueden incluir, aunque tengáis que pagar un poquito más.
Una vez con el seguro y la cartilla sanitaria de vuestro perro tenéis que volver al ayuntamiento para presentarle los papeles.
  • 8. Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, con una cobertura no inferior a ciento setenta y cinco mil euros, y recibo bancario del último pago.
La póliza del seguro, mucho cuidado con las cantidades de cobertura, mínimo 175.000 euros, y los recibos pagados.
  • 9. Cartilla sanitaria del animal con foto.
En total tendréis que presentar 9 cosas. Sed precavidos y llevad original y un par de fotocopias de todo para no tener que andar dando vueltas y agarrándoos mosqueos.
Para los que no lo sepan, las razas consideradas PPP son las siguientes y sus cruces.



Hay que añadir al Doberman, que el Decreto 42/2008 sí lo contempla aunque se les haya pasado incluirlo en la ordenanza fiscal nº27 de Lebrija.




También serán considerados perros potencialmente peligrosos otras razas que tengan una morfologí­a determinada y que viene descrita en la Ley 50/1999, RD 287/2002 Y RD 1570/2007.


Legislación al respecto:
Nacional:
Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Real Decreto 1570/2007, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Andaluza:
Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Orden de 28 de mayo de 2008, por la que se desarrolla el Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto 92/2005, de 29 de marzo, que regula la identificación y registro de determinados animales de compañía.
Lebrija:
Ordenanza fiscal num.27 Tasa por tenencia de animales en convivencia humana. Boletín Oficial de la provincia de Sevilla nº284 de 9 de diciembre de 2015.
 
 

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